A TENOR DE LOS RESULTADOS DE LA INSPECCIÓN Y TOMA DE MUESTRAS REALIZADA EL DÍA 13 DE MAYO DE 2019, EN LA ZONA DE BAÑO UBICADA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CAZALEGAS, DENOMINADA "EMBALSE CAZALEGAS", EL AGUA DE LA ZONA DE BAÑO HA SIDO CLASIFICADA COMO APTA PARA EL BAÑO, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 1341/ 2007, DE 11 DE OCTUBRE, SOBRE LA GESTIÓN DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS DE BAÑO Y EN EL PROGRAMA REGIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA DE LAS AGUAS DE USO RECREATIVO.
EN TALAVERA DE LA REINA A 20 DE MAYO DE 2019
FDO. LA JEFA DE SECCIÓN DE SALUD AMBIENTAL
CONVOCATORIA PARA CONTRATACIÓN GESTIÓN QUIOSCO PISCINA MUNICIPAL
PLIEGO_QUIOSCO_PISCINA_MUNICIPAL_AÑOS_2019_Y_2020.doc
Dado que la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación de los servicios de alcantarillado del emisario general del Polígono Industrial de Cazalegas, es una norma que afecta a los derechos e intereses legítimos de las personas, se publica el texto del proyecto de ordenanza en el portal web municipal, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades (art. 133.2 LPACAP): ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO DEL EMISARIO GENERAL DEL POLIGONO INDUSTRIAL DE CAZALEGAS (TOLEDO)
1. Objeto y ámbito de aplicación 2
2. Naturaleza de las tarifas 2
3. Obligados al pago de las tarifas 2
4. Importe de las tarifas 3
5. Actualización de las tarifas 4
6. Revisión y modificación de las tarifas 4
7. Regularizaciones 4
8. Gestión de las tarifas 4
8.1. Cuantificación de las tarifas 4
8.2. Facturación de las tarifas 5
8.3. Cobro de las tarifas 5
8.4. Impago de las tarifas 5
9. Reclamaciones 5
Disposición final primera. Entrada en vigor 5
Disposición final segunda. Modificación de la ordenanza 6
Disposición final tercera. Reglamento de los servicios 6
Disposición final cuarta. Prestación de los servicios 6
Disposición final quinta. Canon de saneamiento y otros conceptos recaudados por la sociedad concesionaria de los servicios 6
1. Objeto y ámbito de aplicación
El objeto de esta Ordenanza es regular las tarifas correspondientes a la prestación de los servicios de alcantarillado del emisario general del polígono industrial de Cazalegas y la ampliación para La comunidad de propietarios Urbanización El Cigarral y la Asociación recreativa Los Alcores, servicios que se prestan en régimen de concesión por la sociedad FCC Aqualia S.A..
2. Naturaleza de las tarifas
Las tarifas reguladas en esta Ordenanza tienen la condición de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con la disposición adicional primera de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en la redacción dada por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
En su condición de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, las tarifas reguladas en esta Ordenanza constituyen, a todos los efectos, ingresos propios de la sociedad concesionaria de los servicios de alcantarillado.
3. Obligados al pago de las tarifas
Están obligados al pago de las tarifas reguladas en esta Ordenanza las personas físicas o jurídicas así como las entidades carentes de personalidad jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes o de propietarios, etc.) titulares de un contrato para la prestación de los servicios de suministro alcantarillado, y en su caso:
a) Respecto de los servicios de alcantarillado, los usuarios beneficiarios del emisario existente en el Polígono Industrial Soto de Cazalegas, y aun cuando los interesados no procedan a efectuar la conexión a la red.
Los usuarios que hagan uso de pozos particulares u otras fuentes de abastecimiento, se podrá hacer una estimación por los medios más adecuados, del volumen de agua a considerar, para ser factura, pudiendo establecer conciertos o convenios con los interesados a estos solos efectos.
b) Respecto a los usuarios de la comunidad de propietarios Urbanización El Cigarral y la Asociación recreativa Los Alcores, por la ampliación del emisario para la recepción de sus vertidos.
4. Importe de las tarifas
El importe de las tarifas reguladas en esta Ordenanza será el siguiente:
Las bases de cálculo de las cuotas o tarifas se determinarán atendiendo a la naturaleza y características del servicio realizado
A) La tarifa de Alcantarillado se considerará a todos los usuarios del Emisario.
IMPORTE TRIMESTRAL TASA ALCANTARILLADO FIJO 3,65 €
(Cuota fija €/cliente/trimestre)
IMPORTE TRIMESTRAL TASA ALCANTARILLADO VARIABLE 0,30 €
(Cuota variable € m3 contador de agua potable/cliente/trimestre).
B) La cuota de infraestructura se aplicará exclusivamente a los usuarios afectados por la ampliación del Emisario:
Cuota Infraestructura Asociación Recreativa los Alcores: 1.084,78 €/mes
Cuota Infraestructura Urb. Cigarral: 0,0238 €/metro cuadrado parcela y trimestre
5. Actualización de las tarifas
Las tarifas reguladas en esta Ordenanza serán objeto de actualización anual conforme a lo previsto en el contrato de concesión de los servicios suscrito entre el Ayuntamiento y la sociedad concesionaria.
El importe de las tarifas actualizadas será objeto de publicación oficial con carácter previo al inicio del periodo en el que dichas tarifas actualizadas deberán aplicarse.
6. Revisión y modificación de las tarifas
En caso de que sea precisa la revisión o modificación de las tarifas reguladas en esta Ordenanza en supuestos distintos de la mera actualización de las mismas, el importe de las tarifas revisadas o modificadas, que se calculará conforme a lo previsto en el contrato de concesión de los servicios suscrito entre el Ayuntamiento y la sociedad concesionaria, será determinado por medio de la modificación de esta Ordenanza.
Las tarifas revisadas o modificadas no podrán aplicarse por la sociedad concesionaria hasta que la Ordenanza modificada entre en vigor, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente.
7. Regularizaciones
En caso de que como consecuencia de la demora en la aprobación y entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza reguladora de las tarifas no puedan aplicarse las tarifas revisadas o modificadas hasta un momento posterior a aquél en el que correspondería aplicarlas de acuerdo con lo previsto en el contrato de concesión de los servicios suscrito entre el Ayuntamiento y la sociedad concesionaria, la sociedad concesionaria practicará la regularización que proceda, al alza o a la baja, en la factura inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la Ordenanza modificada, con objeto de compensar el déficit o exceso de ingresos provocado por dicho retraso.
8. Gestión de las tarifas
8.1. Cuantificación de las tarifas
Las tarifas serán cuantificadas por la sociedad concesionaria de los servicios, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de esta Ordenanza. La cuantía de las tarifas incluirá aquellos conceptos adicionales que resulten de lo establecido en dicho apartado.
8.2. Facturación de las tarifas
La sociedad concesionaria de los servicios facturará las tarifas a los usuarios, de conformidad con lo previsto en el correspondiente contrato.
La cantidad facturada incluirá el tipo impositivo del impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba aplicarse en cada momento, de acuerdo con las normas reguladoras del citado impuesto.
8.3. Cobro de las tarifas
Las tarifas serán cobradas por la sociedad concesionaria de los servicios, como titular de los correspondientes ingresos. Los medios de pago de las tarifas serán los que se establezcan en el correspondiente contrato.
8.4. Impago de las tarifas
Las tarifas impagadas devengarán el interés legal del dinero en concepto de interés moratorio desde el momento en el que venza el periodo de pago establecido en el correspondiente contrato, sin perjuicio de cuantas medidas pueda aplicar la sociedad concesionaria en caso de impago, de acuerdo con lo previsto en la reglamentación de los servicios y en el propio contrato de concesión.
9. Reclamaciones
En caso de discrepancia en cuanto a la aplicación de las tarifas, los usuarios podrán reclamar ante la sociedad concesionaria de los servicios, sin perjuicio del ejercicio de cuantas otras acciones estimen procedentes.
Disposición final primera. Entrada en vigor
Esta Ordenanza entrará en vigor tras su publicación oficial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Disposición final segunda. Modificación de la ordenanza
Esta Ordenanza se modificará por el procedimiento establecido para su aprobación, según lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Disposición final tercera. Reglamento de los servicios
En todo lo que no se oponga al contenido de esta Ordenanza seguirá en vigor el reglamento municipal de los servicios alcantarillado y vertido al emisario del polígono industrial.
Disposición final cuarta. Prestación de los servicios
La prestación de los servicios alcantarillado se llevará a cabo por parte de la sociedad concesionaria, en las condiciones técnicas y económicas establecidas en el contrato de concesión de los servicios suscrito con el Ayuntamiento y en reglamento de los mismos.
Disposición final quinta. Canon de saneamiento y otros conceptos recaudados por la sociedad concesionaria de los servicios
La sociedad concesionaria deberá incluir en las facturas correspondientes a la prestación de los servicios alcantarillado cuantos otros conceptos de naturaleza tributaria y no tributaria le corresponda recaudar por cuenta de terceros, conforme a lo establecido en las normas aplicables.
El plazo de audiencia será de DIEZ días hábiles, que prevé el artículo 82.2 de la 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas -LPACAP-, durante los cuales los destinatarios podrán realizar las aportaciones que consideren oportunas.
Los destinatarios podrán hacer llegar sus aportaciones a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
En Cazalegas, a 3 de Abril de 2019.
EL ALCALDE.,
Fdo: Francisco Javier Blanco Guerro.
http://www.cazalegas.es/images/ANEXO_II_ESTUDIO_ECONOMICO.pdf
EDICTO DE PUBLICACION DE SOMETIMIENTO A CONSULTA PÚBLICA PREVIA
Este Ayuntamiento pretende regular mediante Ordenanza la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación de los servicios de Alcantarillado del Emisario General del Polígono Industrial de Cazalegas (Toledo) y sus correspondientes tarifas.
Con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas - LPACAP -, con carácter previo a la elaboración de la Ordenanza, se sustancia una consulta pública previa para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma, sobre una serie de aspectos como son los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En consecuencia, se somete a consulta pública durante un plazo de veinte días (plazo mínimo de conformidad con el art. 83.2 de la LPACAP), previo a su elaboración, la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación de los servicios de Alcantarillado del Emisario General del Polígono Industrial de Cazalegas (Toledo) y sus correspondientes tarifas.
a) Antecedentes
El objeto de la Ordenanza es regular las tarifas correspondientes a la prestación de los servicios de alcantarillado del emisario general del polígono industrial de Cazalegas y la ampliación para La comunidad de propietarios Urbanización El Cigarral y la Asociación recreativa Los Alcores, servicios que se prestan en régimen de concesión por la sociedad FCC Aqualia S.A..
b) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
El artículo 20.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, introducido por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 -LCSP 2017-, impone necesariamente la regulación de
la prestación patrimonial pública no tributaria mediante ordenanza cuando se trate de servicios que se imponen coactivamente al ciudadano.
Como se ha señalado el servicio se presta mediante gestión indirecta.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación
La aprobación de la ordenanza reguladora de prestación patrimonial pública no tributaria es necesaria, conveniente y oportuna para poder financiar la prestación del servicio público citado.
d) Los objetivos de la norma
Regular mediante ordenanza la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación de los servicios de Alcantarillado del Emisario General del Polígono Industrial de Cazalegas (Toledo) y sus correspondientes tarifas.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
No se han detectado soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias que puedan sustituir los efectos de la ordenanza que se pretenden establecer.
Durante el plazo de los veinte días (art. 83.2 LPACAP) siguientes a la publicación del presente Edicto en el sitio web municipal, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, podrán hacer llegar sus opiniones a través del siguiente buzón de correo electrónico:
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En Cazalegas, a 5 de Marzo de 2019.
EL ALCALDE.,
Fdo: Francisco Javier Blanco Guerro
PLIEGO_DEFINITIVO_CONCESIÓN_OBRA_PUBLICA_SIN_ANEXOS_.pdf
ANEXO_II_ESTUDIO_ECONOMICO.pdf
ANEXO_III_DECLARACION_RESPONSABLE.pdf
ANEXO_IV_PROPOSICION_ECONOMICA.pdf
ANEXO_V_CONTENIDO_MÍNIMO_PROYECTO.pdf
CORRECCION ERRORES PLIEGO DE CONDICIONES
FE DE ERRATAS
- DETECTADA LA OMISIÓN DE LA INCLUSIÓN EN LA PUBLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, DENOMINADA: CUADRO DE LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DURANTE EL PERÍODO DE CONCESIÓN (CON REVISIÓN ANUAL DE TARIFAS), necesaria para el cálculo de la oferta económica, se procede a la publicación de la misma a continuación:
Proyección_Ingresos_Cazalegas_1.pdf
- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: En virtud de las correcciones anteriormente indicadas, al objeto de evitar perjuicios a los proponentes, se amplía el plazo de presentación de ofertas y/o solicitudes hasta el 01/02/2019 a las 14:00 horas.
ANUNCIO DE LICITACIÓN CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA
PÚBLICA PARA LA “AMPLIACIÓN DEL EMISARIO GENERAL DEL
POLÍGONO INDUSTRIAL” DE CAZALEGAS (TOLEDO)
1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Cazalegas (Toledo).
NIF: P4505000D .
Dirección: Plaza de España, 1; CP 45683 Código NUTS ES425
Número de teléfono: 925 86 90 02
Número de fax: 925 86 91 74
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección de Internet: www.cazalegas.es
2. Principal actividad desarrollada por el Ayuntamiento de Cazalegas:
Servicio público.
3. Dirección electrónica y de internet para consulta de documentación:
Perfil de contratante del Ayuntamiento de Cazalegas:
http://www.cazalegas.es/sede-electronica/perfil-del-contratante.html
y en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
4. Descripción de la concesión: redacción del proyecto de "Ampliación del Emisario General del Polígono Industrial" de Cazalegas, ejecución de las obras y concesión del servicio público de Saneamiento del Emisario de Alcantarillado del Polígono Industrial de Cazalegas, incluidas las instalaciones eléctricas, mecánicas o de otro tipo relacionadas con el citado servicio cuya titularidad la ostente el Ayuntamiento.
Tipo de licitación: Treinta y nueve mil quinientos veinte euros con cincuenta y seis céntimos de euro (39.520,56 €) anual.
Valor estimado del contrato: Cuatrocientos siete mil cuarenta y nueve euros con treinta y nueve céntimos de euro (407.049,39 €) , I.V.A. excluído.
Procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación.
Tramitación urgente.
5. CPV (Referencias de Nomenclatura):45230000-8 45231000-5 45231100-6 45231110-9 45231111-6 45231112-3 45231113-0 45000000-7 45100000-8 45112000-5 45112100-6 45112200-7 45112210-0 45112300-8 45112310-1
6. Código NUTS del emplazamiento principal: ES425.
7. Condiciones de participación: Declaración responsable, documentación Administrativa, Documentación Técnica y Documentación Económica.
8. Fecha límite de presentación de solicitudes o de recepción de ofertas: El día 28 de Enero de 2019 a las 14 horas.
9. Criterios que se aplicarán en la adjudicación: Criterios de valoración automática, máximo 60 puntos y Criterios dependientes de un juicio de valor, máximo 40 puntos.
10. Fecha de anuncio: 15 de Enero de 2019.
11. Plazo de ejecución: 10 (DIEZ) años. Prórrogas. No hay.
12. Plazo máximo de ejecución de los trabajos: Fase I, Quince (15) dias para la redacción del proyecto constructivo y aprobación definitiva introducidas las correcciones procedentes; Fase II, Tres (3) meses para le ejecución de las obras incluyendo pruebas de funcionamiento. Total plazo de ejecución: Tres meses y medio, 3,5 meses.
13. Dirección en la que deben presentarse las solicitudes de participación: Registro del Ayuntamiento de Cazalegas (Toledo). Plaza de España, 1. C.P. 45683.
14. En la declaración responsable se deberá designar una dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones.
15. La concesión no guarda relación con proyecto o programa financiado por la Unión Europea.
16. Para mayor información consultar Pliego.
Cazalegas, a 15 de Enero de 2019.
EL ALCALDE-PRESIDENTE.,
Fdo: Francisco Javier Blanco Guerro.
RESOLUCION_ALCALDIA_DESGINACION_MIEMBROS_MESA_CONTRATACIÓN.pdf
ACTA_DE_LA_MESA_DE_CONTRATACION_DE_CALIFICACION_DE_LA_DOCUMENTACION_ADMINISTRATIVA.pdf
ACTA_DE_LA_MESA_DE_CONTRATACION_CONTENIENDO_LA_PROPUESTA_DE_ADJUDICACION.pdf
ANEXO_II_MODELO_DECLARACIÓN_RESPONSABLE.pdf
ANEXO_I_PROPOSICION_ECONÓMICA.pdf
PLIEGO_DE_CLAUSULAS_ADMINISTRATIVAS_APROVECHAMIENTO_DE_CULTIVOS.pdf
PLIEGO_DE_CLAUSULAS_ADMINISTRATIVAS_APROVECHAMIENTO_DE_PASTOS.pdf
PLIEGO_DE_CONDICIONES_TECNICO_FACULTATIVAS_APROVECHAMIENTO_PASTOS.pdf
PLIEGO_DE_CONDICIONES_TECNICO_FACULTATIVAS_APROVECHAMIENTO_CULTIVOS.pdf
RESOLUCION_ALCALDIA_APROBANDO_PROCEDIMIENTO.pdf
SE RECUERDA A TODA LA POBLACIÓN QUE LA RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES SE REALIZA EL ÚLTIMO JUEVES DE CADA MES POR LA MAÑANA A PARTIR DE LAS 07:00 HORAS, POR LO QUE DEBERÁ DEPOSITARSE AL LADO DE LOS CONTENEDORES ANTES DE ESA HORA O EN LA NOCHE DEL MIÉRCOLES.
IGUALMENTE SE RECUERDA QUE LA BASURA PODRÁ DEPOSITARSE ÚNICAMENTE EN LOS CONTENEDORES HABILITADOS AL EFECTO, DEBIENDO ABSTENERSE DE DEJAR LA MISMA FUERA DE LOS MISMOS.
CUALQUIER PERSONA QUE HAGA CASO OMISO A LO ANTERIOR, SERÁ DEBIDAMENTE SANCIONADO DEBIDO A LOS TRASTORNOS QUE ESTÁ OCASIONANDO AL RESTO DE VECINOS Y A ESTE AYUNTAMIENTO.
CAZALEGAS A 17 DE JULIO DE 2018.-
EL ALCALDE:. D.- Francisco Javier Blanco Guerro
ANUNCIO DE LICITACIÓN
Habiéndose aprobado con fecha 16 de Julio de 2018 el expediente de contratación de las obras de Ejecución Polideportivo Municipal de Cazalegas , por medio del presente y de conformidad con el art. 135.1 LCSP, se publica en el perfil de contratante el siguiente anuncio de licitación:
Contenido del anuncio de licitación en el perfil de contratante (art. 135.4)
Nombre: Ayuntamiento de Cazalegas
CIF: P4504500B
Dirección: Plaza de España, 1
45683 - Cazalegas (Toledo)
Código NUTS: ES425
Teléfono: 925 / 86 90 02
Fax: 925 / 86 91 74
Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección Internet (url): http://www.cazalegas.es/
http://www.cazalegas.es
Perfil del contratante de la Plataforma de Contratación de Sector Público. (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilContratante).
Entidad Local, actividad de servicio público.
ES425
Ejecución Polideportivo Municipal de Cazalegas a adjudicar por procedimiento abierto simplificado con varios criterios de adjudicación.
Criterios para la adjudicación: Precio, principalmente, y adicionalmente el plazo de ejecución de las obras.
Presupuesto de ejecución, I.V.A. incluido, coincidente con el precio de licitación a la baja de 585.634,65 (QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON TREINTA Y CINCO) Euros
Máximo previsto 7 meses desde el inicio.
Procedimiento abierto simplificado con varios criterios de adjudicación.
VER PLIEGO
Preponderante, el precio, adicional, el plazo de ejecución. VER PLIEGO
Veinte días naturales conforme al art. 159.3 de la LCSP 2017, contados desde el día siguiente al día de hoy, de publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
En el presente caso, hasta las 14 horas del día 6 de Agosto de 2018.
VER PLIEGO
Hasta la resolución del procedimiento.
En el Salón de Actos del Ayuntamiento el día 8 de Agosto de 2018 a las 19 horas.
Acto público una vez verificada la conformidad de la documentación no relacionada con los criterios evaluables mediante fórmulas, el precio y el plazo de ejecución.
Español - Castellano.
Hasta 200.000 Euros con el Programa Leader 2014-2020, Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Desarrollo Local para la Comarca de Talavera, Sierra de San ente y La Jara, Línea de Acción 6, medida 19.2, Costes elegibles del Ámbito 04 "Ayudas para la creación, mejora o ampliación de infraestructuras en zonas rurales".
El órgano competente de la Comunidad Autónoma (artículo 46 de la LCSP de 2017).
17 de Julio de 2018.
EL ALCALDE., D.: Francisco Javier Blanco Guerro
PROYECTO EJECUCIÓN POLIDEPORTIVO.pdf
ANEXO II PUNTUACIÓN CRITERIO PRECIO.xls
RESOLUCIÓN COMPOSICIÓN MESA CONTRATACIÓN.pdf
RECTIFICACION ERRORES EN DECIMALES Y PUNTUALIZACIONES FINALES.pdf
Se pone en conocimiento de toda la población, a modo de recordatorio, que está puesta en marcha las oficinas de intermediación hipotecaria en la Delegación de la Junta de Talavera de la Reina, con el objeto de asesorar y orientar a todas aquellas familias que tuvieran problemas por posibles lanzamientos hipotecarios, tanto en compra como en alquiler de sus viviendas.
Por lo que les informamos que existe una oficina intermediaria hipotecaria ante cualquier problema relacionado con la vivienda de alguna de las familias del municipio, se pondría a su disponibilidad este recurso.
Lo que les traslado así por si fuera de su interés y sin otro particular, atentamente
En Cazalegas a 13 de julio de 2018
27 junio 2018.- La Asociación para el Desarrollo de la Comarca de Talavera, Sierra de San Vicente y La Jara–Tierras de Talavera financiará, a través del programa Leader 2014-2020, parte de la construcción del Polideportivo Municipal de Cazalegas.
El presidente de Tierras de Talavera, Santiago Serrano, y el alcalde de Cazalegas, Francisco Javier Blanco, han firmado en la sede de la asociación el contrato de este proyecto, cuya inversión total, de 585.634,65 euros, será subvencionada hasta el límite de ayuda máxima con cargo a los fondos Leader.
La ayuda, por un montante de 200.000 euros, permitirá de esta forma la construcción del polideportivo, que supone una apuesta clara por mejorar la calidad de los servicios y de las instalaciones deportivas para todos los vecinos del municipio.
Un eje de actuación dentro del Leader que, en palabras de Serrano, está permitiendo dar respuesta a "demandas históricas de infraestructuras como ésta", la cual a ser una realidad gracias a la iniciativa del Ayuntamiento y el apoyo de Tierras de Talavera.
En ese sentido, se ha mostrado convencido de que los cazalegueños "disfrutarán de esta instalación con el mismo compromiso con el que desde esta asociación la ponemos en valor".
El Subdelegado del Gobierno en Toledo, Fernando Sanz, visita nuestra localidad, donde se reune con nuestro alcalde, y trata temas de seguridad de nuestro municipio, así como aquellos asuntos de competencia nacional que nos afectan, como puede ser la llegada de la Fibra Óptica a nuestro municipio.
Durante la visita tuvimos el honor de que el Subdelegado nos firmara en nuestro libro de distinciones.
El Subdelegado visita también las instalaciones de Ayuntamiento, interesandose por el trabajo de sus funcionarios, para continuar la visita a varias empresas instaladas en nuestro municipio.
Las empresas visitadas fueron:
Ébora Formación es un centro de Formación Profesional Específica Privado, homologado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, donde, en modalidad presencial o E-learning, se imparten ciclos formativos en las especialidades de Técnico Superior en Educación Infantil, Grado Medio de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, Técnico en Grado Medio de Emergencias Sanitarias, Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, TAFAD y Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear; además, ha incorporado a su catálogo formativo las especialidades de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior de Fútbol y Fútbol Sala en la modalidad presencial.
Como último proyecto lanzado, Ébora Formación es Partner Oficial del Campus Experience que la Fundación Real Madrid organizará próximamente.
Cerrajería Hnos. Bautista Garcia es una empresa familiar fundada en el 1960 por Faustino Bautista Rojas, padre de los actuales dueños. Está ubicada en Cazalegas (Toledo) y cuenta con 35 empleados (trabajadores y autónomos ).Disponen de 2 naves adjuntas con un total de 2.000 m2 construidos más los patios y cuartos de almacén. La organización se divide en dos áreas, en una nave el hierro y acero inoxidable y en otra nave el aluminio, PVC y cristalería.
El alcance de esta empresa era de ámbito regional, en la actualidad trabajan para todo el ámbito territorial español, ampliando nuevas zonas de trabajo. Especialmente se dedican a la fabricación de: Elaboración y montaje de todo tipo de estructuras de acero, Carpinterías de aluminio, Acristalamiento, Carpinterías de PVC, todo en cerrajería artística, Automatización de todo tipo de puertas, abatibles, correderas, etc., estructuras metálicas, etc.
Complejo The Dreams, situado en la ribera del pantano dispone y gestiona las instalaciones de camping municipal de primera categoria, bungalows, piscina, terraza, restaurante para la celebración de todo tipo de eventos, espectáculos, etc. que recibe a un gran numero de turistas de diversas nacionalidades, alemanes, ingleses, belgas, franceses.
Esta empresa ha ayudado a impulsar la zona, recuperando el turismo de la zona, y poniendo en valor el entorno. Actualmente, la plantilla con la que cuenta es de 6 trabajadores, y en epoca estival puede alcanzar una plantilla de 20-22 trabajadores.
Igualmente el Subdelegado y nuestro Alcalde tuvieron la oportunidad, coincidiendo la visita con la Semana Cultural del Colegio Público Miguel de Cervantes, realizada por los alumnos y profesores del centro en uno de los parques de nuestra localidad, de presenciar la actividad "Musiqueando".
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 9 de Abril de 2018, adoptó el siguiente acuerdo: a reserva de los términos que pudieran resultar de la aprobación del acta.
PRIMERO.- Adjudicar la concesión de la gestión indirecta del Centro de Atención a la Infancia (C.A.I.) de este municipio a Valdra C.B., con domicilio en Calle Mula, 14 - 1º de 45600 - Talavera de la Reina (Toledo), por un plazo máximo de 3 años, contados a partir del día siguiente de la firma del acta de inicio de la explotación y prestación del servicio, que se levantará en fecha coincidente con la de formalización del contrato, una vez aportada por las integrantes de la Comunidad de Bienes concesionaria en el plazo de DIEZ DIAS HÁBILES, tanto la documentación concerniente al Proyecto de Gestión del Centro, como la acreditativa de la suscripción del seguro de responsabilidad civil, sin perjuicio de las potestades que corresponden a este Ayuntamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Pliego rector, que se transcriben a continuación:
1.- Interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
2.- Modificar el contrato por razón de interés público debidamente justificadas.
3.- Restablecer el equilibrio económico de la concesión a favor del interés público.
4.- Acordar la resolución del contrato en los supuestos legalmente previstos
5.- Establecer las tarifas de utilización de los servicios.
6.- Fiscalizar la gestión del concesionario, a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio, las instalaciones y la documentación relacionada con el objeto de la concesión, y dictar las órdenes para mantener o restablecer la debida prestación y ejercer las correspondientes funciones de policía. La fiscalización inicial, que no excluye la que pueda resultar aconsejable según disponga el órgano municipal competente, se efectuará por la Comisión de Seguimiento a la que se ha hecho antes referencia.
7.- Asumir la explotación en el supuesto de producirse el secuestro de la concesión.
8.- Imponer al concesionario las correcciones pertinentes por razón de los incumplimientos que pudiera haber cometido.
9.- Cualesquiera otras previstas en las Leyes o en este pliego.
SEGUNDO.- El canon a satisfacer por la adjudicataria será de 2.500 (DOS MIL QUINIENTOS) Euros por el primer año, desde la fecha de formalización del contrato hasta el siguiente año natural, incrementándose para los años sucesivos según el I.P.C. anual aplicable.
TERCERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Pliego, el adjudicatario deberá, en el plazo de quince días hábiles siguientes a la formalización del contrato, constituir garantía definitiva por importe de DOS MIL QUINIENTOS (2.500.-Euros), pudiendo constituirla indistintamente en
cualquiera de las formas legalmente establecidas, mediante aval bancario, metálico o cualesquiera otra admitida por la vigente normativa sobre contratación de las Entidades Locales, acreditando su constitución en la Tesorería Municipal para expedición de la correspondiente carta de pago
CUARTO.- Notificar la presente adjudicación al adjudicatario a los efectos de cumplimiento de lo requerido en el apartado PRIMERO de este, publicándose asimismo en el perfil del contratante del Ayuntamiento.
QUINTO.- La formalización del contrato se llevará a efecto en plazo no inferior a 10 días ni superior a 20 días, una vez aportada la documentación exigida.
SEXTO.- El órgano competente del Ayuntamiento de Cazalegas designará una Comisión de Seguimiento que será la encargada de verificar el cumplimiento por la comunidad concesionaria de sus obligaciones, y, en particular, las relacionadas con los deberes de conservación establecidos en el Pliego de Condiciones; asimismo será dicha Comisión la encargada, con anterioridad a la apertura periódica anual del curso, de efectuar visita de inspección para asegurar el correcto estado de las instalaciones y medios puestos por la concesionaria para la prestación del servicio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 del Pliego de Condiciones.".
En Cazalegas, a 25 de Abril de 2018.
OBJETO DEL CONTRATO: Explotación mediante concesión administrativa de la Escuela Infantil de Cazalegas.
TRAMITACIÓN. Procedimiento negociado con publicidad.
ENTIDAD ADJUDICADORA: Ayuntamiento de Cazalegas (Toledo)
PLAZO DE DURACIÓN: 3 años, contados a partir del día siguiente de la firma del acta de inicio de la explotación y prestación del servicio.
TIPO DE LICITACIÓN O CANON: 2.500 Euros anuales, al alza.
GARANTÍAS: PROVISIONAL. 200 Euros, DEFINITIVA, 2.500 Euros.
OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Entidad Ayuntamiento de Cazalegas (Toledo).
b) Domicilio Plaza de España, 1.
c) Localidad: Cazalegas (Toledo).
d)Teléfono.925 86 90 02.
e) Fax: 925 86 91 74.
f) Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
g)Fecha límite de obtención de documentos e información:
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Plazo: Hasta el decimoquinto día natural a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
b) Documentación a presentar: Documentación administrativa: Proyecto de gestión: Oferta económica.
c) Lugar Registro General del Ayuntamiento.
OTRAS INFORMACIONES: Ver pliego: Pliego C.A.I. 2018.
Cazalegas, a 30 de Enero de 2018
EL ALCALDE.: D. Francisco Javier Blanco Guerro